El Presidente de la Comisión de Salud, Carlos Velasco, presentó al titular de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, el proyecto de Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, mediante el cual se busca regular las actividades relacionadas con la obtención y utilización de órganos y tejidos humanos, incluida la donación, la extracción, la preparación, el transporte, la distribución y las actividades del trasplante y su seguimiento.
Velasco dijo que la normativa incluye las nuevas prácticas o técnicas que la autoridad de aplicación reconozca que se encuentran vinculadas con la implantación de órganos o tejidos en seres humanos.
Explicó que la realidad actual determina la validez de órganos obtenidos por fallecimiento en situación de parada cardiaca, siempre que se puedan aplicar procedimientos de preservación de órganos en la persona fallecida. Esta modalidad de obtención de órganos está validada por la realidad clínica y ampliamente admitida por los profesionales del trasplante de órganos, a nivel internacional.
Precisó que para mantener la viabilidad de la donación órganos resulta imprescindible realizar precozmente técnicas de preservación de los órganos, encaminadas a disminuir el daño secundario a la isquemia que sufren los órganos en el tiempo que transcurre desde el diagnóstico de muerte hasta la extracción. Por tanto, ha de articularse un mecanismo eficaz y de suficiente agilidad que permita la inmediata autorización judicial para la obtención de los órganos en los casos en que ésta sea necesaria, subrayó.
Tras aclarar que los trasplantes de órganos y tejidos se considerarán prácticas de técnica corriente y no experimental, señaló que para la mejor interpretación de las normas se utilizarán definiciones como: ablación, acreditación; almacenamiento; asignación de órganos, tejidos y células; auto injerto o trasplante unipersonal; autoridad sanitaria nacional; banco de tejidos; banco antólogo; banco alogénico; células; código cero; cuarentena; diagnóstico de muerte encefálica; distribución; donante; donante vivo; donante fallecido (cadavérico), entre otros..
El proyecto contiene 6 títulos, 3 disposiciones transitorias, una derogatoria y una final.
RSA/pv






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